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Se publica prórroga para el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Con fecha de 14 de julio de 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer a través del Comunicado 031/2022 el listado de obligaciones fiscales que se prorrogan su vigencia hasta el 31 de diciembre de este año.


Estos son los trámites para los cuales aplica la prórroga:

  1. Cancelación de facturas electrónicas de ejercicios fiscales anteriores a 2022.

  2. El uso de la factura electrónica 33 ya que la obligatoriedad de la versión 4.0 será a partir del 1 de enero de 2023.

  3. Los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza podrán expedir sus facturas electrónicas con Factura fácil y Mi nómina a través de Mis cuentas sin la necesidad de contar con el certificado de la firma electrónica o de una Certificado de Sello Digital hasta la fecha señalada.

  4. Las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza deberán contar con su firma electrónica activa a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

  5. Se extiende la prórroga para aquellos contribuyentes que no hayan habilitado su Buzón Tributario o registrado o actualizado sus medios de contacto, a efecto de que durante dicho periodo no les sea aplicable una multa.

Para el caso de la obligatoriedad de la factura electrónica 4.0 y la cancelación de facturas electrónicas de ejercicios fiscales anteriores a 2022, se pretende que los contribuyentes tengan un mayor periodo de adaptación para recibir, emitir o cancelar facturas.

En caso de requerir cualquier aclaración o consultoría en este tema nos ponemos a sus órdenes y le agradecemos comunicarse a nuestras oficinas.


Atentamente.

Echeverría Castellanos

Contadores Públicos, S.C.P.

Mérida, Yucatán, a 14 de julio de 2022.


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