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La CNBV establece una nueva medida de seguridad.

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    ECA
  • 29 sept 2025
  • 1 Min. de lectura

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) establece una nueva medida de seguridad denominada MTU (Monto Transaccional del Usuario) con la finalidad de fortalecer el control y seguridad de las transferencias interbancarias digitales en México.

 

El MTU es el límite que cada usuario persona física podrá establecer en su aplicación bancaria o banca en línea, para fijar el máximo por cada transferencia digital que haga a terceros. Aplica a transferencias electrónicas, pagos SPEI, CoDi y Dimo, y no afecta operaciones en ventanilla ni pagos con tarjeta física.

 

Desde el 01 de octubre de 2025, los bancos deben habilitar la opción en sus aplicaciones digitales.

 

A partir del 1 de enero de 2026, todos los usuarios personas físicas deberán tener definido su MTU, en caso contrario, el banco lo establecerá automáticamente, asignando un límite automático de 1,500 UDIS, equivalente a unos $12,800 MXN por transacción.

 

Es importante la asignación del MTU para no presentar problemas en operaciones importantes como pagos de nómina, proveedores o inversiones; generar retrasos, etc.

 

Todo lo anterior queda fundamentado en los artículos CXV Bis 1, 287 Bis y 287 Bis 1 de DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO.


Atentamente.

ECA Contadores.

 
 
 
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