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Prórroga para el uso del CFDI 3.3. y sus complementos.

Con fecha de 25 de noviembre de 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer a través del Segundo Anteproyecto de la Décima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2022 una nueva prórroga para el uso del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) versión 3.3.


Es importante recordar que el CFDI versión 4.0 se encuentra vigente y que su uso obligatorio estaba previsto para el 1 de enero de 2023, a más tardar.


No obstante, a través del Anteproyecto mencionado anteriormente, el plazo para el uso del CFDI versión 3.3. y para la Constancia de Retenciones e Información de Pagos (CRIP) versión 1.0 se extiende hasta el 31 de marzo de 2023.


Puesto que anteriormente el uso del CFDI de nómina en versión 3.3., con complemento de nómina versión 1.2., Revisión B se había prorrogado hasta esa misma fecha, con estos cambios, se viene a homologar el plazo para todos los comprobantes.


Para finalizar, en lo que respecta a la Carta de Porte, su uso es obligatorio desde el 1 de enero de 2022, sin embargo, tendrán hasta el 31 de julio de 2023 para que los contribuyentes que la emitan, no tengan penalizaciones por no cumplir con la totalidad de los requisitos establecidos.


Atentamente.

Echeverría Castellanos

Contadores Públicos, S.C.P.

Mérida, Yucatán, a 28 de noviembre de 2022.
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